Dentro de unas semanas, probablemente a principios de abril, se publicará una instrucción de la Pontificia Comisión ”Ecclesia Dei” que establece algunos criterios aplicativos del ‘motu proprio’ “Summorum Pontificum”, promulgado por el Papa en 2007. Con el “Summorum Pontificum”, el pontífice había autorizado el uso del misal antiguo y la posibilidad de que grupos de fieles pudieran pedir a los párrocos que celebraran la Misa según el rito precedente a la reforma conciliar (el misal romano de 1962). La instrucción, firmada por el presidente y el secretario de la Pontificia Comisión “Ecclesia Dei”, respectivamente el cardenal William Joseph Levada y monseñor Guido Pozzo, responderá a las numerosas reacciones contrarias y a las restricciones por parte de algunos obispos para que se celebraran en sus diócesis misas según el rito antiguo. En las semanas pasadas, en algunos sitios web y blogs relacionados con el mundo “tradicionalista” o que siguen con atención sus actividades, se publicaron una serie de críticas preventivas al documento, argumentando que en realidad es un debilitamiento de la voluntad del Papa. Sin embargo, el nuevo texto confirma que el ‘motu proprio’ es una ley universal de la Iglesia y que todos están obligados a aplicar y velar para que se haga cumplir. Afirma, además, que hay que asegurar la posibilidad de la celebración en el rito antiguo donde haya grupos de fieles que lo soliciten. No se especifica, sin embargo, el número mínimo de fieles que deben constituir el grupo. Por otra parte, para tranquilizar a quienes piensan que el Papa ha “cedido” en parte a lo establecido en 2007, la instrucción hace hincapié -de acuerdo con la exhortación post-sinodal sobre la Eucaristía- en que los seminaristas estudien latín, y prevé que conozcan la celebración según la forma antigua. El sacerdote idóneo para la celebración con el misal pre-conciliar no es necesario que sea un erudito latinista, pero debe saber leer y comprender lo que lee y lo que pronuncia durante la ceremonia. Con la entrada en vigor de la nueva instrucción, la Pontificia Comisión “Ecclesia Dei” -que desde julio de 2009 está ligada a la Congregación para la Doctrina de la Fe, con el objetivo de examinar las cuestiones relativas a la Fraternidad San Pío X-, es el organismo responsable de dirimir las cuestiones y controversias, juzgando en nombre del Papa. Los obispos no deben ni pueden dictar normas que restrinjan las facultades conferidas por el ‘motu proprio’ o que cambien sus condiciones, sino que deben aplicarlo. Alfonso Bailly-Bailliére http://www.religionconfidencial.com/ |