por Giancarlo Rocca
El 2 de julio de 1988 venía instituida la comisión "Ecclesia Dei" con el homónimo motu proprio de Juan Pablo II. El objetivo inicial era el de facilitar el regreso a la plena comunión de la Iglesia de sacerdotes, seminaristas, religiosos, religiosas, grupos e individuos que, no compartiendo la reforma litúrgica del concilio Vaticano II, se unieron a la fraternidad sacerdotal San Pío X fundada por monseñor Marcel Lefebvre, pero sin compartir el gesto que éste realizara en 1988 de consagrar algunos obispos.
A continuación la "Ecclesia Dei" amplió las propias competencias, poniéndose al servicio de todos aquellos que, incluso sin vínculos con los grupos de monseñor Lefebvre, desean conservar la liturgia latina anterior en la celebración de los sacramentos, de manera especial de la eucaristía. En la práctica, a la "Ecclesia Dei" se le ha atribuido la tarea de conservar y preservar el valor de la liturgia latina de la Iglesia fijada en la reforma de 1962 por Juan XXIII.
El camino recorrido por la "Ecclesia Dei" en estos casi veintidós años ha sido notable.
En 1988, año de su fundación, concedió la aprobación pontificia a la fraternidad sacerdotal San Pedro y a la fraternidad san Vincenzo Ferreri.
La primera había sido fundada inmediatamente después del cisma de 1988 y había tenido como primer superior a don Joseph Bisig, ex asistente general de la fraternidad San Pío X con monseñor Lefebvre.
La segunda nación en 1979 por obra del padre Louis-Marie de Blignières, que había considerado la declaración conciliar "Dignitatis humanae" sobre la libertad religiosa contraria a la enseñanza tradicional de la Iglesia, y luego, después de un estudio más preciso, se había convencido que el Vaticano II no representaba una ruptura.
Siguieron luego otras aprobaciones pontificias de institutos:
– la abadía Santa Magdalena, fundada en 1970 por el padre Gerardo Calvet, un monje de la congregación benedictina sublacense (1989);
– la abadía Nuestra Señora de la Anunciación, con sede en Le Barroux, en Francia, fundada en 1979 como rama femenina de la abadía Santa Magdalena, fundada por el padre Calvet (1989);
– las madres de la Santa Cruz, con casa general en Tanzania, fundada en 1976 por sor María Stieren, de las benedictinas misioneras de Tutzing, y por el padre Cornelio Del Zotto, de los frailes menores (1991);
– los siervos de Jesús y María, fundados en 1988 por el sacerdote ex jesuita Andrea Hönisch y actualmente con sede en Austria (1994);
– las canónicas regulares de la Madre de Dios, fundadas en Francia en 1971 y vinculadas con los canónicos regulares de la Madre de Dios (2000);
– los misioneros de la Santa Cruz, con casa general en Tanzania, fundados en 1976, que constituyen el paralelo masculino de las madres de la Santa Cruz (2004);
– el instituto San Felipe Neri, fundado en el 2003 por don Gerald Goesche, con sede en Berlín, en Alemania (2004);
– el instituto del Buen Pastor, fundado en el mismo año en Francia por don Philippe Laguérie junto con algunos sacerdotes salidos de la fraternidad sacerdotal san Pío X (2006);
– el oasis de Jesús Sacerdote, fundado en 1965 por el padre Pedro Muñoz Iranzo y con sede en Argentona, en España (2007);
– el instituto Cristo Rey sumo sacerdote, fundado por monseñor Gilles Wach en 1988, con sede en Sieci, Florencia (2008);
– las adoradoras del Corazón real de Jesucristo sumo sacerdote, fundadas en el 2000, con sede en Sierci, Florencia, que constituyen la rama femenina del instituto Cristo Rey sumo sacerdote (2008).
Actualmente están en curso las aprobaciones de derecho diocesano de los hijos del Santísimo Redentor, fundados en 1988 y con sede en Escocia, y de la fraternidad de Cristo sacerdote y Santa María Reina, con sede en Toledo, en España.
Muchas otras son las fundaciones – monasterios individuales y conventos de religiosas – que celebran la liturgia según el rito de 1962 y es imposible hacer una lista de ellos. Pero aquí es necesario recordar el camino recorrido por la diócesis de Campos en Brasil, cuyo obispo, cercano a las posiciones de monseñor Lefebvre, en 1981 dimitió por haber alcanzado el límite de edad y a continuación entró a la sociedad sacerdotal de San Juan Bautista María Vianney. En el 2002 la sociedad regresó a la comunión de la Iglesia y ha sido constituida como administración apostólica personal – limitada al territorio de la diócesis de Campos – para los fieles ligados a la tradición tridentina. En esta nueva administración apostólica en el 2008 recibió la aprobación de derecho diocesano el instituto del Corazón Inmaculado de María, que había sido fundado en 1976.
Como se ve, son ya un discreto número de institutos que han obtenido la aprobación pontificia, con la posibilidad de seguir el rito tradicional en la Iglesia. Tomados individualmente, se trata de pequeños institutos, pero que en torno a los cuales gira un cierto número de fieles.
El grupo más numeroso parece ser el de la fraternidad sacerdotal de San Pedro, que cuenta con unas treinta casas en los Estados Unidos de América, unas veinte en Francia, y algunas otras en Austria, Alemania, Canadá, Suiza, Bélgica. En Roma en el 2008 se le ha confiado a la fraternidad una parroquia personal para los fieles que prefieren el rito de Pío V: como su centro ha sido designado la iglesia de la Santísima Trinidad de los Peregrinos. Los otros institutos son de entidad mucho menor, a excepción del instituto Cristo Rey sumo sacerdote, presente en unas cincuenta diócesis con cerca de 70 sacerdotes.
En todo caso, es difícil cuantificar el número de aquellos que en modo variado están sometidos a la "Ecclesia Dei". Se habla de cerca de 370 sacerdotes, 200 religiosas, un centenar de religiosos no sacerdotes, cerca de 300 seminaristas y algunos cientos de miles de fieles.
Como resulta de estos datos, la "Ecclesia Dei" a veces ha sido muy rápida en conceder la aprobación pontificia a institutos que deseaban regresar a la Iglesia. Y este modo de proceder se ve claramente si se compara con la praxis de la congregación para los Institutos de vida consagrada y las sociedades de vida apostólica, que espera varios años antes de conceder la aprobación pontificia a un instituto.
El modo con el que estas instituciones han sido aprobadas es también significativo y está claramente expresado en los documentos relativos.
Erigiendo a la administración apostólica personal San Juan María Vianney, en el 2002, la congregación para los obispos concedía la facultad de celebrar la eucaristía, los otros sacramentos y la liturgia de las horas según el rito codificado por Pío V y con las adaptaciones introducidas hasta 1963con el pontificado de Juan XXIII.
Aprobando en el 2008 al instituto Cristo Rey sumo sacerdote, la "Ecclesia Dei" lo presentaba como una sociedad de sacerdotes que se proponían celebrar "decore ac sanctitate cultus liturgici secundum formam extraordinariam Ritus Romani".
Y también en el 2008 la comisión concedía a la abadía trapista de Mariawald, en Alemania, un retorno completo a la liturgia en uso en el orden trapista hasta el 1963-1964.
El régimen diferente se presenta todavía más evidente si se tiene en cuenta que estos institutos enumerados en el Anuario Pontificio, dependen únicamente de la "Ecclesia Dei", aunque para su erección de derecho pontificio se requiere de parecer del prefecto de la congregación para los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica.
Dos documentos de Benedicto XVI han precisado el campo de acción de la "Ecclesia Dei" y la vida de aquellos que se sienten ligados al antiguo rito de la Iglesia.
En el motu proprio "Summorum Pontificum", del 7 de julio del 2007, el Papa afirma que el misal de Pablo VI es expresión ordinaria de la oración de la Iglesia católica de rito latino, mientras que el editado por Juan XXIII es una expresión extraordinaria. Las dos son formas del único rito latino, es decir, no son consideradas más como una en sustitución de la otra. En consecuencia, el uso del misal romano en la edición de 1962 está liberalizado y regularizado según las disposiciones y normativas del "Summorum Pontificum". Todos los sacerdotes que lo desean pueden celebrar según el antiguo rito sin necesidad de algún permiso. Y también los institutos religiosos pueden celebrar siguiendo el misal romano anterior, con el consentimiento de sus superiores mayores si se trata de una celebración habitual o permanente. El efecto de estas medidas, ciertamente querido, es de no oponer el misal que se remonta a Pío V al de Pablo VI o viceversa – creando un elemento de fricción al respecto – sino de considerarlos dos formas del único rito.
El segundo documento es la carta apostólica motu proprio "Ecclesiae unitatem", del 2 de julio del 2009, con la que el pontífice ha relacionado estrechamente la "Ecclesia Dei" a la congregación para la doctrina de la fe. Esta actualización de su estructura tiene como finalidad adaptar la pontificia comisión a la nueva situación creada con la remisión de la ex comunión – ocurrida el 21 de enero del 2009 – a los cuatro obispos consagrados por monseñor Lefebvre. Ya que los problemas a la vista de la recomposición de la división de la fraternidad sacerdotal San Pío X son de naturaleza esencialmente doctrinal, Benedicto XVI ha decidido ampliar las competencias de la "Ecclesia Dei", subordinándola directamente a la congregación para la doctrina de la fe.
Fuente: L'Osservatore Romano
Visto em