"Mediator Dei"
Sobre la Sagrada Liturgia
20 de noviembre de 1947
Sobre la Sagrada Liturgia
20 de noviembre de 1947
C) ¿QUIEN DIRIGE ESTE PROGRESO?
74. Por esto, sólo el Sumo Pontífice tiene derecho de reconocer y establecer cualquier costumbre del culto, de introducir y aprobar nuevos ritos y de cambiar aquellos que estime deben ser cambiados; los Obispos, después, tienen el derecho y el deber de vigilar diligentemente para que las prescripciones de los Sagrados Cánones relativos al Culto divino sean puntualmente observadas. No es posible dejar al arbitrio de los particulares, aun cuando sean miembros del clero, las cosas santas y venerables que se refieren a la vida religiosa de la comunidad cristiana, al ejercicio del Sacerdocio de Jesucristo y al culto divino, al honor que se debe a la Santísima Trinidad, al Verbo Encarnado, a su augusta Madre y a los otros Santos y a la salvación de los hombres; por el mismo motivo a nadie le está permitido regular en este terreno acciones externas que tienen un íntimo nexo con la disciplina eclesiástica, con el orden, con la unidad y la concordia del Cuerpo Místico, y no pocas veces, con la misma integridad de la Fe católica.
D) VERDADERA DOCTRINA
1) La Iglesia, organismo vivo.
75. Ciertamente, la Iglesia es un organismo vivo, y por esto crece y se desarrolla también en aquellas cosas que atañen a la Sagrada Liturgia, adaptándose y conformándose a las circunstancias y a las exigencias que se presentan en el transcurso del tiempo, dejando a salvo, sin embargo, la integridad de su doctrina.
2) Excesos.
76. No obstante lo cual hay que reprochar severamente la temeraria osadía de aquellos que de propósito introducen nuevas costumbres litúrgicas o hacen revivir ritos ya caídos en desuso y que no concuerdan con las leyes y rúbricas vigentes. No sin gran dolor sabemos que esto sucede en cosas no sólo de poca, sino también de gravísima importancia; no falta, en efecto, quien usa la lengua vulgar en las celebraciones del Sacrificio Eucarístico, quien transfiere a otras fechas fiestas fijadas ya por estimables razones, quien excluye de los libros legítimos de oraciones públicas las Sagradas Escrituras del Antiguo Testamento, reputándolas poco apropiadas y oportunas para nuestros tiempos.
3) Doctrina sobre alguno de estos excesos.
a) La lengua latina y la lengua vulgar.
77. El empleo de la lengua latina, vigente en una gran parte de la Iglesia, es un claro y noble signo de unidad y un eficaz antídoto contra toda corrupción de la pura doctrina. Por otra parte, en muchos ritos el empleo de la lengua vulgar puede ser bastante útil para el pueblo, pero sólo la Sede Apostólica tiene facultades para autorizarlos, y por esto no es lícito hacer nada en este terreno sin su juicio y su aprobación, porque, ya lo hemos dicho, la ordenación de la Sagrada Liturgia es de su exclusiva competencia.
b) Ritos y ceremonias antiguas y nuevas.
78. Del mismo modo se deben juzgar los esfuerzos de algunos para resucitar ciertos antiguos ritos y ceremonias. La Liturgia de la época antigua es, sin duda, digna de veneración; pero una costumbre antigua no es, por el solo motivo de su antigüedad, la mejor, sea en sí misma, sea en su relación con los tiempos posteriores y las nuevas condiciones establecidas. También los ritos litúrgicos más recientes son respetables, porque han nacido bajo el influjo del Espíritu Santo, que está con la Iglesia hasta la consumación del mundo, y son medios de los cuales se sirve la Esposa Santa de Jesucristo para estimular y procurar la santidad de los hombres.
79. Es ciertamente cosa santa y digna de toda alabanza recurrir con la mente y con el alma a las fuentes de la Sagrada Liturgia, porque su estudio, remontándose a los orígenes, ayuda no poco a comprender el significado de las fiestas y a indagar con mayor profundidad y exactitud el sentido de las ceremonias; pero, ciertamente, no es tan santo y loable el reducir todas las cosas a las antiguas.
80. Así, para poner un ejemplo, está fuera del recto camino el que quiere devolver al Altar su antigua forma de mesa; el que quiere excluir de los ornamentos el color negro; el que quiere eliminar de los templos las imágenes y estatuas sagradas; el que quiere que las imágenes del Redentor crucificado se presenten de manera que su Cuerpo no manifieste los dolores acerbísimos que padeció; finalmente, el que reprueba e1 canto polifónico, aun cuando esté conforme con las normas emanadas de la Santa Sede.
81. Lo mismo que ningún católico de corazón puede refutar las sentencias de la doctrina cristiana, compuestas y decretadas con gran provecho en épocas recientes por la Iglesia, inspirada y asistida del Espíritu Santo, para volver a las fórmulas de los antiguos Concilios; ni puede rechazar las leyes vigentes para volver a las prescripciones de las antiguas fuentes del Derecho Canónico; así, cuando se trata de la Sagrada Liturgia, no estaría animado de un celo recto e inteligente el que quisiese volver a los antiguos ritos y usos, rechazando las nuevas normas introducidas, por disposición de la Divina Providencia, debido al cambio de las circunstancias.
82. En efecto, este modo de pensar y de obrar, hace revivir el excesivo e insano arqueologismo suscitado por el Concilio ilegítimo de Pistola, y se esfuerza en resucitar los múltiples errores que fueron las premisas de aquel conciliábulo y le siguieron con gran daño de las almas, y que la Iglesia, vigilante custodio del «depósito de la Fe», que le ha sido confiado por su divino Fundador, condenó con justo derecho. En efecto, deplorables propósitos e iniciativas Venden a paralizar la acción santificadora, con la cual la Sagrada Liturgia dirige saludablemente al Padre a sus hijos de adopción.