El Instrumentum Laboris del pasado 21 de junio presenta todos los elementos para entender qué es lo que está en juego en el próximo sínodo. La primera consideración es de método. El párrafo 52 de la Relatio Synodi de 2014 no ha obtenido (como los párrafos 53 y 55) la mayoría de dos tercios que exige el reglamento para su aprobación, pero aun así se ha incorporado al documento definitivo. Está claro que se han forzado las cosas, lo cual confirma el proyecto de abrir las puertas a divorciados vueltos a casar, a pesar de la oposición de una parte considerable de los padres sinodales, y sobre todo, en despecho de las enseñanzas de la Iglesia en sentido contrario. Nos acercamos mucho a una sutil límite que sin embargo nadie, ni siquiera el Papa, puede traspasar.
En la audiencia general del pasado 5 agosto, el papa Francisco ha dicho que los divorciados vueltos a casar no están excomulgados ni se los debe tratar como tales en modo alguno porque siguen siendo parte de la Iglesia. No obstante, lo cierto es que nadie los trata como si estuvieran excomulgados. No hay necesidad de confundir la privación del sacramento de la Eucaristía, a la que están sujetos, con la excomunión, que es la más grave de las penas eclesiásticas y excluye de la comunión con la Iglesia. Los divorciados vueltos a casar siguen siendo miembros de la Iglesia y se les exige que observen los preceptos, asistan al Santo Sacrificio de la Misa y perseveren en la oración (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1651). La indisolubilidad del matrimonio sigue siendo, no obstante, una ley divina proclamada por Jesucristo y solemnemente confirmada por la Iglesia a lo largo de toda su historia. Para acceder a la Eucaristía, la Iglesia exige el estado de gracia, que normalmente se alcanza mediante el sacramento de la penitencia.leer...