El latín en la Liturgia
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Continuando con la serie de profundizaciones preparadas por la Oficina para las Celebraciones Litúrgicas del Sumo Pontífice, ofrecemos hoy nuestra traducción del artículo titulado: “El uso de la lengua latina”.
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El latín es, sin duda, la lengua más longeva de la liturgia romana: se la utiliza, de hecho, desde hace más de dieciséis siglos, es decir, desde cuando se perfeccionó en Roma, bajo el Papa Dámaso († 384), el paso del griego a esta lengua. Los libros litúrgicos oficiales del Rito Romano son, por lo tanto, publicados hasta hoy en latín (editio typica).
El Código de Derecho Canónico, en el can. 928, establece: “La celebración eucarística hágase en lengua latina, o en otra lengua con tal que los textos litúrgicos hayan sido legítimamente aprobados”. Este canon traduce de modo sintético, y teniendo presente la situación actual, la enseñanza de la Constitución litúrgica del Concilio Vaticano II.
En el célebre n. 36, la Sacrosanctum Concilium establece como principio:
“Se conservará el uso de la lengua latina en los ritos latinos, salvo derecho particular” (§ 1).
En este sentido, el Código afirma en primer lugar: “La celebración eucarística hágase en lengua latina”.
En los siguientes incisos, la Sacrosanctum Concilium admite la posibilidad de utilizar también las lenguas nacionales:
“Sin embargo, como el uso de la lengua vulgar es muy útil para el pueblo en no pocas ocasiones, tanto en la Misa como en la administración de los Sacramentos y en otras partes de la Liturgia, se le podrá dar mayor cabida, ante todo, en las lecturas y moniciones, en algunas oraciones y cantos, conforme a las normas que acerca de esta materia se establecen para cada caso en los capítulos siguientes” (§ 2).
“Supuesto el cumplimiento de estas normas, será de incumbencia de la competente autoridad eclesiástica territorial, de la que se habla en el artículo 22, 2, determinar si ha de usarse la lengua vernácula y en qué extensión; si hiciera falta se consultará a los Obispos de las regiones limítrofes de la misma lengua. Estas decisiones tienen que ser aceptadas, es decir, confirmadas por la Sede Apostólica” (§ 3).
“La traducción del texto latino a la lengua vernácula, que ha de usarse en la Liturgia, debe ser aprobada por la competente autoridad eclesiástica territorial antes mencionada” (§ 4).
En base a estos sucesivos incisos, el Código añade: “…o en otra lengua con tal que los textos litúrgicos hayan sido legítimamente aprobados”.
Como se ve, también en las actuales disposiciones normativas, la lengua latina sigue estando aún en el primer lugar, como aquella que la Iglesia prefiere en línea de principio, aún reconociendo que la lengua nacional puede resultar útil para los fieles. En la situación concreta actual, la celebración en latín se ha vuelto más bien poco común. Se trata de un motivo mayor para que, en la liturgia pontificia (pero no sólo en ella), el latín sea custodiado como preciosa herencia de la tradición litúrgica de Occidente. No por casualidad el siervo de Dios Juan Pablo II recordó:
“La Iglesia romana tiene especiales deberes, con el latín, espléndida lengua de la antigua Roma, y debe manifestarlo siempre que se presente ocasión” (Dominicae cenae, n. 10).
En continuidad con el Magisterio de su Predecesor, Benedicto XVI, además de desear un mayor uso de la lengua tradicional en la celebración litúrgica, en particular con ocasión de celebraciones que se realizan durante encuentros internacionales, escribió:
“Más en general, pido que los futuros sacerdotes, desde el tiempo del seminario, se preparen para comprender y celebrar la santa Misa en latín, además de utilizar textos latinos y cantar en gregoriano; y se ha de procurar que los mismos fieles conozcan las oraciones más comunes en latín y que canten en gregoriano algunas partes de la liturgia” (Sacramentum Caritatis, n. 62).
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Traducción: La Buhardilla de Jerónimo